Hemos llegado a un punto en el cual, con base en un análisis con cabeza fría, podemos deducir que la creación de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech, ha dejado un sabor agridulce al sistema financiero mexicano.
Es cierto, su creación, aprobación y promulgación en marzo del 20181, puso a México como un referente en materia de tecnología financiera, al crear un marco específico tanto para las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico (IFPE) como para las Instituciones de Fondeo Colectivo (IFC).
A más seis años de la promulgación de esta ley, los resultados para algunos pueden ser presumibles, pero para otros muy cuestionados. Así, el sector, entre buenas intenciones y líos regulatorios, ha llegado a estas alturas con los siguientes números:
- 78 entidades autorizadas.
- 53 IFPES autorizadas.
- 25 IFC autorizadas.
- Cerca de 30 solicitudes rechazadas por la autoridad.
En foros recientes, hemos escuchado al presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), Jesús de la Fuente Rodríguez, alabar su trabajo al frente de esta autoridad en la materia fintech, pues él se atañe casi todas las autorizaciones2.
Obvio, siempre hay polémica por la famosa “autorización condicionada” que metió a muchas casi a un peldaño de la autorización, pero que no eran autorizadas de manera completa, hasta que pudieran comprobar ciertos requisitos solicitados por la autoridad.
Recordemos que, de las 78 entidades autorizadas, 43 corresponden al capítulo octavo transitorio, es decir, que operaban antes de la promulgación de la ley, por lo que tenían que ingresar su solicitud de autorización y mientras la autoridad resolvía, podían continuar operaciones. En caso de ser negativa la solicitud, tenían que dejar de operar.
Asimismo, 35 son de reciente creación, es decir, que, al constituirse después de la promulgación de la ley, tenían que esperarse hasta la resolución favorable de su solicitud para iniciar operaciones.
¿Pero y los tiempos? Actualmente, el promedio de autorización de una IFPE, desde que ingresa su solicitud hasta que su aval es publicado en el Diario Oficial de la Federación, es de 790 días; para las IFC es de 806 días. En general, juntando las dos figuras, el promedio es de 795 días.
El otro viacrucis
Bueno, pues si bien ya explicamos el tema de los tiempos de autorización, me gustaría enfocarme en el viacrucis que han tenido que pasar algunas entidades ya autorizadas, de reciente creación, para poder tener el aval del inicio de operaciones.
Recientemente, se documentó en El Economista3, cómo algunas entidades autorizadas, de reciente creación, han solicitado prórrogas para poder cumplir con lo necesario para tener la luz verde para operar.
La comunicación entre las entidades y la autoridad debe de ser constante para que los procesos sean fluidos; sin embargo, esta fluidez puede perderse ante todas las trabas que tanto el regulador como las entidades se encuentran.
Por ejemplo, recientemente, la IFC Alto Azareo Tecnología, que fue publicada su autorización el 10 de abril del 2023, recibió la luz verde del regulador para iniciar operaciones, es decir, más de 1 año después de haber visto su aval publicado en el DOF.
Según el oficio 118/77995/2024 al que tuvo acceso este textoservidor, desde su autorización hasta hace poco, fueron 10 puntos clave los que la sociedad tuvo que acreditar con el regulador para tener la luz verde del inicio de operaciones.
“Derivado del análisis y revisión que realizaron las áreas de la Comisión en materia de riesgo operacional y tecnológico, seguridad de la información, análisis e información, prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, no se tiene inconveniente para que Alto Azareo inicie operaciones”, se puede leer en el documento al que tuvo acceso este periodista fechado el pasado 21 de junio.
Según el Catálogo del Sistema Financiero Mexicano4, de las 78 fintech autorizadas, 56 instituciones tienen operación y 22 están a la espera de iniciar operaciones, como es el caso de Alto Azareo.
Para muchos, los tiempos de la autoridad en este aspecto tienen que revisarse, pues esta tardanza implica una presión del gasto corriente de las entidades involucradas para sostener la estructura, es decir, hay que tener mucho hígado y recursos para poder sobrevivir a estos procesos.
Se sabe que ya son pocas solicitudes que el regulador tiene que resolver respecto a esta ley, pero con miras a un nuevo gobierno, es importante meter el tema de agilidad y simplificación regulatoria en la discusión, pues de no ser así, la promesa de una mayor competencia, que se refleje en mejores productos hacia el usuario, se quedaría en el tintero. ¿O usted qué piensa?
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1 Bibliografía
DOF – Diario Oficial de la Federación. (s/f). Gob.mx. Recuperado el 23 de junio de 2024, de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5515623&fecha=09/03/2018
2 (S/f). Com.mx. Recuperado el 23 de junio de 2024, de https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Piden-una-supervision-mas-eficiente-en-las-fintech-20240229-0111.html
3 (S/f-b). Com.mx. Recuperado el 23 de junio de 2024, de https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Por-que-algunas-fintech-autorizadas-todavia-no-operan-20240531-0088.html
4 de Hacienda y Crédito Público, S. (s/f). Catálogo del Sistema Financiero Mexicano. gob.mx. Recuperado el 23 de junio de 2024, de https://www.gob.mx/shcp/documentos/catalogo-del-sistema-financiero-mexicano