La actividad cambiaria en México, específicamente en algunas zonas del país, es de suma importancia para el desarrollo de la economía; sin embargo, actualmente las entidades enfocadas a este mercado, como los centros cambiarios y transmisores de dinero, perciben que la regulación actual a la que están sujetas no corresponde a sus necesidades de competir contra otras opciones como las fintech o los neobancos, que aceleradamente han ganado terreno en el sistema financiero.
Ante ello, el sector de centros cambiarios y transmisores de dinero (CC-TD) alista una reforma a su marco normativo que le permita ponerse a la altura de estos jugadores que con tecnología han impulsado sus modelos de negocio por todo el país; sin embargo, el camino no es nada fácil, especialmente si se toma en cuenta que no todo es cuestión de buenas intenciones, pues hay factores más allá que inciden en que se concreten sus deseos.
Durante la XXII convención de la Asociación Nacional de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero (Ancec-TD), Ángel Cabrera, coordinador de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro (UBVA) de la Secretaría de Hacienda, destacó la importancia de estas instituciones.
“El sector de los centros cambiarios y los transmisores de dinero desempeñan un papel fundamental para el desarrollo de diversas actividades económicas que son fundamentales para el crecimiento de la economía nacional; son actores claves en el desarrollo del turismo y del comercio internacional, por mencionar algunas”, comentó el funcionario.
Cabrera puntualizó que, al cierre del 2023, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) tenía registro de 699 centros cambiarios y transmisores de dinero; sin embargo, durante el 2024, se han incorporado 32 nuevas entidades para llegar a un total de 731 organizaciones.
En este contexto, el coordinador de la UBVA destacó la necesidad de que dicho sector se sume a la era de la evolución digital en los servicios financieros. “Las innovaciones por parte de los proveedores de servicios financieros ha revolucionado el acceso de estos productos, facilitando la inclusión financiera en áreas que históricamente han sido desatendidas”.
El contexto
La actividad cambiaria tienes sus orígenes desde los inicios del comercio; sin embargo, la aparición de los centros cambiarios formales se dio en la década de los 90s y fue a partir del 2001, cuando estas entidades se incluyeron en el régimen de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo; en transmisores de dinero, su incursión en dicho marco fue a partir del 2004.
Con el paso de los años, el régimen de supervisión y regulación a estas entidades se ha modificado, por lo que se destacan dos momentos clave:
- 2011 – Se publica la reforma a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito por la cual se transfiere del Servicio de Administración Tributaria a la CNBV las facultades de supervisión, sólo en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.1
- 2014 – Con la llegada de la reforma financiera de Enrique Peña Nieto, se obligó a estas entidades a renovar su registro para operar cada tres años, pero para eso tienen que contar con un manual antilavado, así como la designación de un oficial de cumplimiento en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.2
Estos cambios, han sido fundamentales para entender lo que son estas figuras actualmente; sin embargo, desde hace años se han abierto distintos frentes de discusión sobre hacia dónde tiene que ir la regulación de estos actores.
Para algunos, los límites en efectivo en centros cambiarios hasta por 10,000 dólares diarios crean un arbitraje regulatorio, cuando en casas de cambio o bancos los límites son de hasta 4,000 dólares al mes para clientes personas físicas y de hasta 1,500 dólares mensuales para usuarios personas físicas; para personas morales, el límite es de hasta 14,000 dólares acumulados y sólo en demarcaciones que lo justifiquen.
Sin embargo, el gremio de centros cambiarios ha acusado que las limitantes que tienen lo ponen en desventaja frente a otros actores, ya que, por ejemplo, sus excedentes en dólares no pueden ser movilizados vía los bancos, pues estos les cerraron las relaciones tras algunos escándalos de lavado de dinero en estas figuras.
Dentro de las propuestas que podría incluir la nueva iniciativa destaca la de permitir en la operación de un centro cambiario el uso de medios digitales para la compraventa de dólares.3
El camino para seguir
En su charla en la convención de la Ancec-TD, el coordinador de la UBVA indicó que, para hacer un cambio sustancial a la regulación de estas entidades, se requiere una serie de pasos para llegar hasta la ansiada reforma en la materia.
“Sabemos que existe un apetito importante del sector para poder empezar a hacer una revisión del marco regulatorio, sobre todo evidentemente de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito con el propósito de mejorar estas capacidades y competencias de los centros cambiarios y de los transmisores de dinero”, detalló Cabrera.
Así, el camino a seguir sería el siguiente:
- Integrar una iniciativa, con base en las propuestas del sector, así como en análisis de la misma autoridad. “Se busca un equilibrio muy importante entre el fortalecer la competencia de nuestras entidades financieras, como lograr un beneficio de política pública para los usuarios y que se traduzca en lograr un sistema financiero más eficiente y equilibrado”.
- Lograr un consenso entre las distintas autoridades del sistema financiero mexicano, como puede ser la Secretaría de Hacienda, la CNBV y el Banco de México.
- Socializar con el gremio dicha iniciativa, con el fin de lograr una armonización y un equilibrio regulatorio dentro del sistema financiero.
- Análisis administrativo de la iniciativa, con el fin de conocer el impacto presupuestal y de gasto público que tendría dicha reforma.
- Someter la iniciativa a la revisión de la Consejería Jurídica de la Presidencia, junto con la exposición de motivos.
- La Consejería Jurídica realizaría un escrutinio para armonizar la reforma con algunos elementos del Plan Nacional de Desarrollo.
- Una vez que el proyecto es revisado por la Consejería Jurídica, el titular del Ejecutivo Federal tendría que plasmar su firma en la iniciativa para que, posteriormente, sea turnado a la Cámara de origen (Senado o Diputados), según lo estipule el presidente en turno.
- Luego de que sea aprobado el proyecto en comisiones y en el pleno de la Cámara de origen, se envía a la Cámara revisora, la cual dictamina y también vota el proyecto y así se determina el consenso del Congreso de la Unión sobre el tema.
- Una vez agotado el proceso legislativo, el titular del Ejecutivo firma el decreto correspondiente y se envía al Oficial de la Federación para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
“Es un camino arduo sin duda, pero es un camino que vale la pena recorrer de la mano entre las autoridades regulatorias y las entidades financieras, con el propósito de lograr una modernización auténtica de nuestro sistema financiero de ser lo más competente de lograr una mejor inclusión financiera y de responsablemente ofrecer más y mejores servicios financieros a los usuarios”, declaró Cabrera.
El mismo gremio indicó que su fortaleza no es como la de otras asociaciones (ejemplo: la Asociación de Bancos de México); sin embargo, indicó que se tiene la disposición para formar las mesas de diálogo que den paso a la creación de dicha iniciativa.
Uno, dos o tres años podría durar el proceso, pero lo importante es que es necesario un cambio en este sector, incluso que incluya una mano más dura sobre aquellas entidades que operan en la informalidad y que representan una competencia desleal para todos aquellos jugadores formales. ¿O cuál es su opinión?.
Bibliografía:
- (S/f). Gob.mx. Recuperado el 11 de septiembre de 2024, de https://www.cnbv.gob.mx/TRANSPARENCIA/Transparencia-Focalizada/Documents/Informe%20Anual%202011%20PDF.pdf ↩︎
- Tatiana. (2020, abril 28). Renovación del Dictamen Técnico de Centros Cambiarios, Transmisores de Dinero y SOFOM, ENR. Salles Sainz Grant Thornton. https://www.grantthornton.mx/novedades/articulos-y-publicaciones/renovacion-del-dictamen-tecnico-de-centros-cambiarios-transmisores-de-dinero-y-SOFOM-ENR/ ↩︎
- (S/f-b). Com.mx. Recuperado el 11 de septiembre de 2024, de https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Centros-cambiarios-ven-bien-reforma-a-la-Ley-de-Banxico-20201217-0020.html ↩︎