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México ajusta su marco antilavado, ¿Pero alcanzará para salir bien librado del GAFI?

por | Ago 26, 2026 | Análisis y Artículos PLD

ArmorAML® Solución Integral de Prevención de Lavado de Dinero.

Uno de los pendientes que han persistido sobre México en su lucha contra el lavado de dinero está en el régimen aplicable a las Actividades Vulnerables, un universo de más de 100,000 sujetos obligados que ahora enfrenta una nueva etapa regulatoria mientras el país atraviesa una evaluación internacional en una fase muy avanzada.

México publicó las reglas secundarias de su reforma antilavado el pasado 7 de agosto1, 22 días después del plazo previsto por el decreto publicado en el 2025 y después de que los evaluadores del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) ya pasaron por el país como parte de la quinta ronda de evaluaciones del organismo.

Las nuevas Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita comenzarán a aplicarse el 30 de noviembre.

Hacienda informó que el nuevo esquema incorpora un enfoque basado en riesgos, fortalece la identificación del Beneficiario Controlador y de las Personas Políticamente Expuestas, modifica los controles internos y establece nuevas obligaciones para las Actividades Vulnerables.

Los cambios serán profundos para los sujetos obligados, pues ahora se les exigirá:

  • Elaborar una metodología de enfoque basado en riesgos.
  • Clasificar a los clientes según su nivel de riesgo.
  • Integrar perfiles transaccionales y sistemas de alertas.
  • Aplicar medidas reforzadas a clientes de mayor riesgo.
  • Identificar al Beneficiario Controlador.
  • Establecer controles para Personas Políticamente Expuestas.
  • Implementar mecanismos automatizados de monitoreo.
  • Capacitar anualmente al personal.
  • Establecer controles para grupos empresariales.
  • Someter los controles a auditoría.

Hacienda plantea que el nuevo modelo permitirá una aplicación proporcional de las obligaciones y que tanto los sujetos obligados como la autoridad deberán orientar sus controles y labores de supervisión conforme al nivel de riesgo de cada Actividad Vulnerable2.

El nuevo esquema también acerca a las Actividades Vulnerables a reglas que durante años han permeado en el sector financiero, como las metodologías de riesgo, los perfiles transaccionales, los mecanismos de monitoreo y las auditorías.

Para algunos especialistas, esa homologación todavía plantea interrogantes sobre la forma en que las obligaciones se adaptan a la naturaleza de cada actividad, desde la definición de clientes o usuarios hasta la capacidad operativa y tecnológica necesaria para cumplir con los nuevos controles.

El universo sobre el que caerá esta transformación ayuda a dimensionarla. La Evaluación Nacional de Riesgos registró 107,642 Actividades Vulnerables al 30 de junio del 20223, una categoría que comprende actividades como las inmobiliarias, los servicios profesionales y las operaciones con metales y piedras preciosas.

Aquí aparece un punto central de la discusión regulatoria, pues México amplía las obligaciones de las Actividades Vulnerables, pero eso no significa que haya resuelto las observaciones que el GAFI mantiene sobre las Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD), como se denomina a este universo bajo la terminología del organismo internacional.

Una deuda que viene del 2018

La R.23 del GAFI establece medidas adicionales para las APNFD en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

En la evaluación publicada en el 20184, México recibió la calificación de No Cumplida en esta recomendación y, en ese entonces, el GAFI señaló deficiencias en los reportes de operaciones sospechosas, las obligaciones relacionadas con financiamiento al terrorismo y las medidas frente a países de mayor riesgo.

México comenzó a mejorar sus calificaciones en el 20215, cuando el GAFI recalificó seis recomendaciones y el país pasó a 8 cumplidas, 22 mayormente cumplidas, 9 parcialmente cumplidas y 1 no cumplida.

En el 2022 llegaron otras dos mejoras con las recomendaciones 37 y 38, relacionadas con asistencia legal mutua, y en el 2023 las recomendaciones 18 y 24 pasaron de parcialmente cumplidas a mayormente cumplidas.

Con ese último ajuste, que se dio en el 2023, el corte oficial del GAFI dejó a México con 10 recomendaciones cumplidas, 24 mayormente cumplidas, 5 parcialmente cumplidas y 1 no cumplida.

La recomendación que nunca cambió fue la R.23, mientras que las recomendaciones 20, 22, 28, 32 y 33 permanecieron como parcialmente cumplidas, entre ellas la R.22 sobre debida diligencia de las APNFD y la R.28 sobre su regulación y supervisión.

Ese es el punto de partida con el que México llega a la nueva evaluación, un mejor cumplimiento técnico que en el 2018, pero con la R.23 todavía como No Cumplida y otras cinco recomendaciones en cumplimiento parcial.

El endurecimiento del régimen para las Actividades Vulnerables no permite afirmar, por sí mismo, que México haya cerrado la brecha que el GAFI identificó en la R.23.

Ahí es donde las nuevas reglas adquieren relevancia para la evaluación, pues modifican de manera importante las obligaciones de un universo que permanece dentro de las observaciones del organismo desde el 2018.

El GAFI ya vio a México

El equipo evaluador del GAFI ya realizó la visita in situ y Hacienda informó que México presentó información sobre las acciones de prevención, detección y sanción, además de la coordinación entre autoridades y los resultados obtenidos.6

Fuentes con conocimiento del proceso sostienen que los evaluadores no salieron plenamente satisfechos con parte de la información y los resultados que México presentó durante la visita.

Las nuevas reglas todavía no habían sido publicadas cuando ocurrió ese encuentro, de modo que los evaluadores revisaron el funcionamiento del régimen vigente antes de conocer el contenido definitivo de las disposiciones que ahora modifican las obligaciones de las Actividades Vulnerables.

El momento de la visita cobra relevancia por la metodología de la quinta ronda, pues el seguimiento posterior a la evaluación del 2018 se concentró en el cumplimiento técnico mientras que ahora el GAFI volverá a examinar la efectividad del sistema mexicano. El propio organismo señala que los seguimientos de México no se enfocaron en efectividad y que esta materia será evaluada en la quinta ronda actual.

En la actual revisión no bastará con acreditar la existencia de nuevas obligaciones. Los evaluadores tendrán que contrastar el marco regulatorio con los resultados que producen las autoridades frente a los riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

La efectividad se medirá en ámbitos como la capacidad para convertir investigaciones en procesos y sentencias, el decomiso de recursos de origen ilícito, el uso de la inteligencia financiera, la supervisión de los sectores no financieros y la coordinación entre las autoridades responsables del sistema7. El propio GAFI señaló desde la evaluación del 2018 que México debía reforzar sus esfuerzos para perseguir a los lavadores y confiscar sus activos.

El calendario agrega otra variable a la evaluación, pues las reglas comenzarán a aplicarse en noviembre y su implementación será escalonada, con nuevas obligaciones previstas en el 2027 y el primer periodo anual de auditoría en el 2028.

México llegará entonces a la discusión de su evaluación con un marco normativo más amplio, aunque una parte de las nuevas obligaciones todavía estará en proceso de implementación.

Las nuevas reglas modifican precisamente el marco bajo el cual opera el universo de APNFD que ha permanecido dentro de las observaciones del GAFI, mientras el organismo se prepara para revisar si la evolución normativa de México también se refleja en resultados.

La evaluación tendrá que determinar si la evolución del régimen alcanza para mover una recomendación que México no pudo modificar durante ocho años y qué tan lejos ha llegado el país en la generación de resultados efectivos frente a los riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

  1. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (2026, 7 de agosto). Acuerdo por el que se modifican las
    Reglas de carácter general a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
    Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Diario Oficial de la Federación. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5795797&fecha=07/08/2026 ↩︎
  2. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (2026, 10 de agosto). Comunicado No. 65. La Secretaría de
    Hacienda fortalece el régimen nacional para la prevención del lavado de dinero con la publicación de las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI. Gobierno de México. https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-65?idiom=es ↩︎
  3. Aquí tienes la cita en formato APA (7.ª edición) correspondiente a la Evaluación Nacional de Riesgos
    (ENR) 2023:
    Referencia bibliográfica: Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (2023, 19 de octubre). Evaluación Nacional de Riesgos de
    Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo en México 2023. Gobierno de México. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/873856/ENR_2023_P_blica_19102023_Final.pdf ↩︎
  4. Financial Action Task Force. (2018, 3 de enero). Mexico’s measures to combat money laundering and
    the financing of terrorism and proliferation. https://www.fatfgafi.org/en/publications/Mutualevaluations/Mer-mexico-2018.html ↩︎
  5. Financial Action Task Force. (s.f.). Mexico. Recuperado el 10 de agosto de 2026, de https://www.fatfgafi.org/en/countries/detail/Mexico.html ↩︎
  6. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (2026, 11 de marzo). Comunicado No.21 Secretaría de Hacienda coordina la visita in situ del GAFI a México en el marco de la Evaluación Mutua. Gobierno de México. https://www.gob.mx/shcp/prensa/comunicado-no-21-secretaria-de-hacienda-coordina-lavisita-in-situ-del-gafi-a-mexico-en-el-marco-de-la-evaluacion-mutua ↩︎
  7. Gutiérrez, F. (2026, 14 de abril). ¿Qué esperar de la evaluación del GAFI a México? ArmorAML.
    https://armor-aml.com/que-esperar-de-la-evaluacion-del-gafi-a-mexico/ ↩︎

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