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En este momento, todos los funcionarios de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), empezando por su titular Santiago Nieto Castillo, tienen una misión buscan cumplirla: que todos los encargados de cumplimiento del sector de actividades vulnerables cuenten con una certificación otorgada por esta instancia en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. 

¿En cuánto tiempo?

Nadie lo sabe, pero lo que sí es que esperan que se concrete, aunque sea un proceso tardado, tal y como ha sucedido en la certificación que emite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a los oficiales de cumplimiento y demás profesionales de la materia encargados de las obligaciones antilavado dentro del sistema financiero. 

Pero vámonos por partes. El pasado 6 de agosto, en el Diario Oficial de la Federación1, la UIF, vía la Secretaría de Hacienda, emitió la convocatoria para el proceso de certificación enfocada al sector de actividades vulnerables contempladas en la ley federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, también conocida como ley antilavado. 

Debemos de recordar este ecosistema está compuesto por cerca de 100,000 sujetos obligados que realizan alguna de las 16 actividades vulnerables contempladas en la ley antilavado, como pueden ser desarrolladores inmobiliarios, empresas dedicadas a los juegos y sorteo, blindaje, compraventa de activos virtuales, entre otras. 

Ahora, este proceso impulsado por la UIF ha despertado mucho interés y, también ciertas dudas, las cuales la autoridad ha tratado de responder2, especialmente en la parte técnica del proceso; sin embargo, quedan otras inquietudes que a continuación trataremos de aclarar: 

¿A quién va dirigida esta certificación? 

A palabras de Mireya Valverde Okón, directora general de Asuntos Normativos de la UIF, esta certificación va dirigida a las personas físicas que realizan actividades vulnerables, así como a los encargados de cumplimiento que hayan aceptado la designación conforme al artículo 20 de la ley antilavado y también aquellas personas que cumplan con lo establecido en la convocatoria. 

Según la funcionaria de la UIF, con este proceso de certificación se busca elevar los parámetros de conocimiento y cumplimiento que existen a nivel nacional e internacional en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. 

Pero ¿cuál es la importancia de este proceso? 

Cuando comenzó el proceso de certificación en materia de prevención de lavado dentro del sistema financiero, un funcionario me dijo: “Para saber prevenir, hay que saber cómo se lava el dinero”. Esto lo menciono, ya que en este parafraseo podemos encontrar parte de la respuesta a dicha pregunta. 

En realidad, la importancia de este proceso es que quienes logren esta certificación, realmente demostrarán que cuentan con los conocimientos mínimos para el cumplimiento del régimen antilavado y también de los estándares internacionales. 

Sin embargo, para la funcionaria de la UIF, hay otros aspectos importantes que se deben de resaltar en el proceso, tales como: 

  • Fortalecer los mecanismos de prevención de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y combate de financiamiento al terrorismo. 
  • Elevar el cumplimiento técnico y de efectividad ante el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, que como sabemos tiene a México bajo un “seguimiento intensificado”3 y por el cual, el país debe de responder a los señalamientos de su evaluación del 2017. 
  • Promover la capacitación de perfiles que son necesarios para el cumplimiento del régimen en la materia. 
  • Una de las dudas recurrentes que han surgido en este proceso es: ¿la certificación será obligatoria para el sector de actividades vulnerables? 

La respuesta corta es: no. Sin embargo, la intención de la UIF es en un futuro ir promoviendo la obligatoriedad de la certificación de manera gradual, tal y como sucede en el sistema financiero, donde, por ejemplo, las empresas que busquen ser autorizadas bajo la ley de Tecnología Financiera, deben de contar con un oficial de cumplimiento certificado. 

“Pretendemos seguir un poco el camino que ha llevado la CNBV, pues con la reforma financiera del 2014, inicialmente no era obligatoria la certificación para el sistema financiero y posteriormente, fue avanzando en cuanto a la certificación de los sectores…Hoy en día, esta certificación para sujetos obligados por actividades vulnerables no es obligatoria; sin embargo, pretendemos volverla en algún momento obligatoria”, declaró Valverde Okón. 

¿Y si no logro registrarme? 

La convocatoria que recientemente publicó la UIF en el DOF, está prevista para 4,500 personas, mismas que realizarán la evaluación el próximo 27 de noviembre en una de las 21 sedes previstas para el examen. 

Sin embargo, la intención de la autoridad es que en los próximos años se publiquen más convocatorias para ir abarcando poco a poco a la totalidad del universo de sujetos obligados que realizan una de las 16 actividades vulnerables. 

“Dependiendo del interés por parte de este sector, publicaremos tantas convocatorias como nos sea posible operativamente”, apuntó la funcionaria de la UIF. 

¿Cuál es la estructura de la evaluación? 

Uno de los puntos que más interés ha despertado dentro del proceso de certificación es cuál es la estructura de la evaluación. De acuerdo con Valverde Okón, aquí los puntos relevantes del examen, que tendrá 105 reactivos de opción múltiple: 

  • Identificación del conocimiento sobre las generalidades del régimen de PLD / FT. 
  • Identificación del nivel de conocimiento del marco regulatorio internacional en materia de PLD y FT, así como del marco jurídico nacional en dicha materia. 
  • Identificación del nivel de conocimiento sobre actividades vulnerables y sanciones administrativas y penales en las que pueden incurrir los sujetos obligados que realizan las mismas. 

La UIF ha puesto toda la información en su portal de Internet, para aquellas personas que tengan una duda puntual al respecto. 

Recordemos que México ha sido uno de los pioneros a nivel global en impulsar este tipo de certificaciones para los sujetos obligados, lo cual, ante los ojos del mundo, es bien visto; sin embargo, no debemos dejar de pasar  de lado que cada actividad vulnerable es diferente, con objetivos y mercados distintos, por lo que este proceso representa un reto mayor para el gobierno y el ecosistema. La pregunta aquí es: ¿La UIF tendrá éxito en su implementación? 


 1 Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (2021). CONVOCATORIA para la certificación en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita. Diario Oficial de la Federación, https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5625985&fecha=06/08/2021. 

2 Unidad de Inteligencia Financiera. (2021). PREGUNTAS FRECUENTES. 2021, de UIF Sitio web: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/661785/Preguntas_Frecuentes.pdf  

3 Unidad de Inteligencia Financiera. (2020). TERCER INFORME DE SEGUIMIENTO INTENSIFICADO DE MÉXICO ANTE EL GAFI. 2021, de UIF Sitio web: https://www.uif.gob.mx/work/models/uif/comunicados/UIF_016.pdf