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El régimen global de prevención y combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo tiene muchas áreas de oportunidad, por no decir deficiencias; sin embargo, la más preocupante y, me atrevo a decir, la total para hablar de cierta efectividad en la lucha contra el blanqueo, es la detección del beneficiario final.

El tema no es sencillo. Muchos países tratan de atender las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo y si bien, el avance sobre la implementación de estas sugerencias es notorio a nivel global, el tema del beneficiario final es el gran pendiente y el talón de Aquiles de la lucha antiblanqueo.

“Es una de las áreas donde los países tienen las peores calificaciones, de hecho, a segunda peor”, indicó hace algunos meses la mexicana Elisa de Anda Madrazo, todavía vicepresidenta del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

De acuerdo con los estándares de GAFI, la recomendación que atañe a este tema es la número 24, la cual dice: “Los países deben asegurar que exista información adecuada, precisa y oportuna sobre el beneficiario final y el control de las personas jurídicas, que las autoridades competentes puedan obtener o a la que puedan tener acceso oportunamente”.

Sin embargo, al parecer, esta recomendación es la más complicada de cumplir para las más de 200 jurisdicciones donde impactan las recomendaciones de GAFI. Según una revisión al tablero de cumplimiento de este organismo, sólo Trinidad y Tobago tiene un cumplimiento total al respecto y en el resto se tiene como parcialmente cumplida y no cumplida.

“Las jurisdicciones que tienen mejor trabajo y mejores resultados en tema de beneficiario final tienen un registro público de esta información, es decir, está en manos de la autoridad”, destacó la vicepresidenta de GAFI.

Incluso el tema va más allá. En la recomendación 25, GAFI sugiere a los países tomar medidas para prevenir el uso indebido de estructuras jurídicas, específicamente los fideicomisos.

“Los países deben asegurar que exista información adecuada, precisa y oportuna sobre los fideicomisos expresos, incluyendo información sobre el fideicomitente, fiduciario y los beneficiarios, que las autoridades competentes puedan obtener o a la que puedan tener acceso oportunamente”, dicta la recomendación número 25.

El ajuste

GAFI define al beneficiario real como a la persona física (o personas físicas) que posee o controla a un cliente, o la persona física en cuyo nombre se realiza una transacción. Esto también abarca a personas que ejercen el control efectivo final sobre una persona u otra estructura jurídica.

La verdadera esencia de las recomendaciones de GAFI en este sentido, es que los gobiernos cuenten con información veraz y confiable sobre los beneficiarios finales, con el fin de minarle el camino a los lavadores que mal utilizan a las estructuras jurídicas para blanquear las ganancias de sus ilícitos.

En este sentido, desde hace dos años GAFI ha analizado cómo reforzar el tema de la identificación del beneficiario final, por lo que recientemente realizó enmiendas a su recomendación 24, así como a su nota interpretativa, con el fin de que los países garanticen que cuentan con información adecuada, precisa y actualizada sobre beneficiarios finales y así se pueda hacer más eficiente el control de las personas jurídicas.

Las enmiendas realizadas van en el sentido de: Que los países aseguren que las autoridades competentes tengan acceso a información adecuada, precisa y actualizada sobre los verdaderos propietarios de las empresas.

  • Que se tenga un registro público de beneficiarios reales o un mecanismo igualmente eficiente.
  • Evaluar y mitigar los riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, asociados con empresas extranjeras.
  • Prohibir nuevas acciones al portador y fortalecer requisitos de divulgación para las acciones al portador existentes.

“Estos estándares más estrictos son un primer paso importante, pero abordar el abuso de las personas jurídicas requerirá un esfuerzo constructivo y sostenido por parte de todos los países de implementar de manera efectiva los nuevos estándares y responder a los riesgos”, se puede leer en la declaratoria sobre estas modificaciones.

El ingrediente extra

Si bien GAFI siempre ocupa la atención de la mayoría del ecosistema de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, no debemos dejar pasar lo que otros organismos hacen en este sentido.

Por ejemplo, recientemente el grupo Wolfsberg, que reúne a los 13 bancos globales para desarrollar estándares contra el lavado de dinero, emitió un documento para hacer más eficiente la lucha antiblanqueo.

En este documento, Wolfsberg sugiere que los supervisores en el mundo deben de centrar sus pruebas en la definición de eficacia y prioridades nacionales. Es decir, crear parámetros para medir la eficacia de un programa de prevención de una institución financiera, más allá del cumplimiento técnico que se pueda tener y el cual puede tener sólo resultados limitados.

Si bien esto parece una utopía, tomando en cuenta el mundo de cambios que se tendrían que hacer, es un buen paso para poder cambiar el enfoque y así, realmente demostrar la intención de que se busca ganarle la batalla al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.


1. El Economista. (2020). Identificar al beneficiario final, el talón de Aquiles de la lucha antilavado. 2022, de El
Economista Sitio web: https://www.eleconomista.com.mx/sectorfinanciero/Identificar-al-beneficiario-finalel-talon-de-Aquiles-de-la-lucha-antilavado-20200910-0127.html

2. Grupo de Acción Financiera Internacional. (2022). RECOMENDACIÓN 24: Transparencia y beneficiario final
de las personas jurídicas. 2022, de Grupo de Acción Financiera del Caribe Sitio web: https://www.cfatfgafic.org/index.php/es/documentos/gafi40-recomendaciones/430-fatf-recomendacion-24-transparencia-ybeneficiario-final-de-las-personas-juridicas

3. Grupo de Acción Financiera Internacional. (2022). RECOMENDACIÓN 25: Transparencia y beneficiario final
de otras estructuras jurídicas. 2022, de Grupo de Acción Financiera del Caribe Sitio web: RECOMENDACIÓN
25: Transparencia y beneficiario final de otras estructuras jurídicas

4. GAFI. (2022). Declaración pública sobre las revisiones de la R.24. 2022, de GAFI Sitio web:
https://www.fatf-gafi.org/publications/fatfrecommendations/documents/r24-statement-march-2022.html