Verificar a quienes verifican: la CNBV cierra un punto ciego en materia antilavado

por | Jul 14, 2026 | Uncategorized

ArmorAML® Solución Integral de Prevención de Lavado de Dinero.

Durante años, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) basó parte de su supervisión antilavado en un acto de confianza: asumir que los informes de auditoría entregados por las entidades financieras correspondían a los elaborados por los auditores certificados.

Este año, sin embargo, la autoridad encabezada por Ángel Cabrera Mendoza decidió acudir directamente a los auditores, en un momento en que México enfrenta la evaluación del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) sobre la efectividad de su sistema de prevención y combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo (PLD/FT).

Tras concluir el periodo de entrega de los informes de auditoría correspondientes al ejercicio 2025, la CNBV solicitó directamente a los auditores certificados información sobre las revisiones realizadas, incluidos los hallazgos relevantes o graves detectados y la documentación que acredita la entrega de dichos informes a las entidades supervisadas.

El informe de auditoría es uno de los principales mecanismos de control dentro del régimen de prevención de lavado de dinero. Elaborado por un auditor externo o, en algunos casos, por un auditor interno certificado, el documento evalúa la efectividad de las políticas, procedimientos y sistemas implementados por la entidad para cumplir con las disposiciones en la materia.

La revisión suele abarcar aspectos como la integración de expedientes de identificación de clientes, la identificación del beneficiario controlador, los mecanismos de monitoreo y reporte de operaciones inusuales, la capacitación del personal, la actuación del oficial de cumplimiento y la efectividad de los controles y políticas de administración de riesgos en materia de PLD/FT.

El resultado de ese trabajo se refleja en observaciones, recomendaciones y, en los casos más sensibles, en hallazgos relevantes o graves que deben ser atendidos por la entidad. Por ello, el informe constituye uno de los insumos más importantes para la supervisión basada en riesgos que realiza la CNBV.

Hasta ahora, la autoridad conocía esos documentos a través de la información remitida por las propias entidades mediante el SITI-PLD. El nuevo requerimiento incorpora un mecanismo adicional de validación, al permitir contrastar lo reportado por los sujetos obligados con la información proporcionada directamente por quienes realizaron las auditorías.

De acuerdo con la documentación revisada, los auditores debían remitir un archivo electrónico en formato Excel con datos relacionados con sus informes correspondientes al ejercicio 2025, tales como:

  • Nombre del sujeto supervisado auditado.
  • Periodo auditado.
  • Fechas de realización de la auditoría.
  • Número total de páginas del informe.
  • Fecha de entrega del informe al sujeto supervisado.
  • Hallazgos relevantes o graves.

Combatir el pirateo documental

Uno de los efectos más relevantes del nuevo requerimiento es que la CNBV contará, por primera vez, con una segunda fuente de información para contrastar el contenido de los informes de auditoría en materia de PLD/FT.

La medida permite verificar que los documentos remitidos por las entidades correspondan efectivamente a los elaborados por los auditores certificados y que las observaciones detectadas durante las revisiones se mantengan sin modificaciones.

Especialistas consultados por este espacio consideran que el ejercicio podría ayudar a detectar eventuales casos de suplantación de identidad de despachos, reutilización o clonación de informes y, en escenarios extremos, modificaciones a los hallazgos antes de que los documentos sean remitidos a la autoridad mediante el SITI-PLD.

El requerimiento permite a la CNBV reconstruir toda la ruta del informe: quién realizó la auditoría, cuándo se efectuó, cuándo fue entregada y cuáles fueron los hallazgos originalmente reportados.

El cambio no sustituye el modelo vigente, en el que las entidades son responsables de remitir sus informes mediante el SITI-PLD, pero añade una segunda capa de validación que reduce los espacios para inconsistencias documentales y fortalece la integridad del proceso de auditoría.

Esta iniciativa fue impulsada desde la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos de la CNBV, encabezada por Juan Ayax Fuentes Mendoza, área responsable de la vigilancia en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo del sistema financiero.

Dicha oficina ha cobrado una relevancia especial en los últimos meses, después de que autoridades estadounidenses señalaran a tres instituciones financieras mexicanas por presuntamente facilitar operaciones vinculadas con recursos provenientes del tráfico de fentanilo y en la antesala de la evaluación que realiza el GAFI al sistema mexicano de prevención y combate al lavado de dinero.

El nuevo esquema también ha generado dudas entre algunos especialistas. De acuerdo con fuentes consultadas, existen interrogantes sobre la forma utilizada por la CNBV para requerir la información directamente a los auditores.

El debate jurídico seguirá abierto y quedará por verse si este mecanismo representa un fortalecimiento real del régimen antilavado o simplemente añade una nueva capa de burocracia para las entidades financieras.

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