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Hace algunos días, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) sorprendió al ecosistema financiero al publicar una resolución en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo relacionada con algunos cambios que impactan en el sector de transmisores de dinero, los cuales están enfocados en el negocio de las remesas en el país. 

La publicación sorprende porque, si bien era algo esperado, durante esta administración, especialmente en su segunda parte, hemos visto poca actividad de las autoridades para cambiar, flexibilizar o, en su caso, publicar nuevas reglas para las entidades financieras, u otros sujetos obligados, en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. 

Recordemos que el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) contra el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo está por comenzar (en el 2024) la quinta ronda de evaluaciones mutuas a sus países miembros, de los cuales México es uno de ellos, por lo que cualquier movimiento regulatorio previo al análisis del país es de llamar la atención, pues de esos cambios dependerá parte de la calificación que reciba el país. 1 

Pero, volvamos a lo esencial. El pasado 5 de abril, la SHCP publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución que reforma adiciona y deroga diversas disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, aplicables a los transmisores de dinero. 

Para comprender de qué va el asunto, así como su trascendencia, es importante conocer el contexto y lo que realmente cambia con estas nuevas reglas. 

Antecedentes 

Para empezar, tenemos que explicar que los transmisores de dinero son aquellos, registrados ante la autoridad, que realicen de manera habitual y a cambio del pago de una contraprestación, comisión, beneficio o ganancia, la transferencia de recursos hacia (o desde) el extranjero o a otro lugar del territorio nacional.2 

Según los números de la autoridad, en la actualidad operan alrededor de 50 transmisores de dinero en el país. Estas entidades juegan un papel fundamental en el envío y pago de remesas, especialmente de las que provienen de Estados Unidos, en un escenario donde estos recursos se han vuelto fundamentales, especialmente para las familias que reciben dinero de sus familiares que se encuentran en el extranjero. 

Desde hace algunos meses, las remesas han superado récord tras récord en el país, pues tan sólo en el 2022 se llegó al registro histórico de 58,497 millones de dólares; sin embargo, también se ha cuestionado sobre el origen de parte de estos recursos, por lo que es necesario aclarar que los transmisores de dinero también son parte del esquema de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo del país. 3 

En el documento del DOF se detalla que, desde marzo del 2019, la SHCP publicó unas reglas similares dirigidas a los transmisores de dinero, con el fin de atender las recomendaciones del GAFI respecto a operaciones remotas y así establecer un régimen de identificación no presencial. 

En ese momento, la SHCP otorgó la posibilidad de que los transmisores de dinero pudieran llevar a cabo la identificación no presencial del usuario por medio de una videoconferencia en tiempo real y en línea. 

Sin embargo, en marzo del 2020, el mismo GAFI publicó su Guía sobre Identificación Digital, donde presentó los beneficios de las herramientas de tecnología financiera para hacer más confiables y seguras las operaciones remotas, especialmente la identificación de clientes por medios de uso como la prueba de vida, elementos biométricos y factores de autenticación.4 

La esencia de los cambios 

De acuerdo con las mismas autoridades inmiscuidas en estos cambios, así como especialistas en la materia, la publicación de estas reglas tiene cinco puntos principales

  • Reconocer nuevas tecnologías: Se reconoce el uso de biométricos y pruebas de vida en el proceso de identificación del cliente de manera no presencial, en sustitución de la videoconferencia en tiempo real y en línea. 
  • Definir el tema de la geolocalización: De acuerdo con el despacho Campa & Mendoza Abogados, esta resolución permite que los transmisores de dinero celebren operaciones o contratos por medio de dispositivos que no puedan proporcionar la geolocalización exacta, “siempre y cuando las entidades obtengan de manera aproximada la geolocalización basada en el protocolo de Internet que proporcione el dispositivo del usuario”5
  • Definir al oficial de cumplimiento interino: Para la firma Ramos, Ripoll & Schuster, estas reglas también definen el mecanismo cuando el oficial de cumplimiento de un transmisor deje su cargo. Es decir, con esta regla, se permite al comité de Comunicación y Control de la entidad, o a su órgano de administración, designar un oficial de cumplimiento interino hasta por 90 días naturales al año, en caso de que el oficial de cumplimiento original deje su cargo6
  • Obligación de la Lista de Personas Bloqueadas: Este es uno de los cambios que más llama la atención, pues ahora con esta reglamentación, los transmisores de dinero deberán implementar mecanismos para identificar a los usuarios y terceros que se encuentren en dicho listado, así como las operaciones realizadas, con base en su manual de cumplimiento. 

Según el despacho Campa & Mendoza Abogados, también los transmisores quedarán obligados a incluir a la lista de personas bloqueadas aquellas que aparezcan en el listado publicado por el Servicio de Administración Tributaria, reconocidos por la autoridad como factureros7

  • Nuevo reporte: Otra de las novedades que conlleva esta nueva reglamentación tiene que ver con un nuevo reporte que permita a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) conocer la exposición al riesgo de operaciones de lavado. 

De acuerdo con Ramos, Ripoll & Schuster, con esto los transmisores de dinero deberán enviar a la CNBV la información cuantitativa sobre sus operaciones, canales, tipos de usuarios, productos y servicios, así como las zonas geográficas en las que operan. 

Es importante mencionar que la resolución publicada en el DOF contempla algunos plazos transitorios, por lo que es necesario conocerlos para poder cumplir en este sentido. 

Siempre que hay cambios de este tipo, comienzan a surgir voces sobre la capacidad de las entidades para poder cumplir con las nuevas reglas, por lo que aquí la pregunta final sería: ¿Qué tan preparados están los transmisores de dinero para cumplir con estas nuevas exigencias de la autoridad? 

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 1 Bibliografía 

Outcomes FATF Plenary, 22-24 February 2023. (s/f-c). Fatf-gafi.org. Recuperado el 24 de abril de 2023, de https://www.fatf-gafi.org/en/publications/Fatfgeneral/outcomes-fatf-plenary-february-2023.html 

2 Comisión Nacional Bancaria y de Valores. (s/f). Registro de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero (RECC-TD). gob.mx. Recuperado el 24 de abril de 2023, de https://www.gob.mx/cnbv/acciones-y-programas/registro-de-centros-cambiarios-y-transmisores-de-dinero-recc-td  

3 https://www.banxico.org.mx/. Recuperado el 24 de abril de 2023, de https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/remesas/%7BBA9C7380-CAB6-E0D9-9B3D-760E82CBD1A0%7D.pdf 

4 Guidance on digital ID. (s/f). Fatf-gafi.org. Recuperado el 24 de abril de 2023, de https://www.fatf-gafi.org/en/publications/Financialinclusionandnpoissues/Digital-identity-guidance.html 

5 Alerta Legal (Actualización) – Resolución Que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones En Materia De Identificación No Presencial. (s/f). Campaymendoza.com. Recuperado el 24 de abril de 2023, de https://campaymendoza.com/recursos/alerta-legal-actualizacion-resolucion-que-reforma-adiciona-y-deroga-diversas-disposiciones-en-materia-de-identificacion-no-presencial/  

6 Ramos, Ripoll & Schuster en LinkedIn: TDD. Linkedin.com. Recuperado el 24 de abril de 2023, de https://www.linkedin.com/posts/ramos-ripoll-schuster_tdd-activity-7052006101726240768-Ts5c?utm_source=share&utm_medium=member_desktop 

7 Sitio de Estadística. (s/f). Gob.mx. Recuperado el 24 de abril de 2023, de http://omawww.sat.gob.mx/cifras_sat/Paginas/datos/vinculo.html?page=ListCompleta69B.html