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“Nunca hagas apuestas.

Si sabes que vas a ganar, eres un pícaro;

y si no lo sabes, eres un tonto”.

Confucio

Cuando pensamos en la competencia entre potencias mundiales tenemos presente la carrera armamentista, la carrera espacial, incluso la carrera tecnológica, pero ¿qué tanto hemos visto acerca de la carrera regulatoria? Bajo un contexto pacífico la adecuación de los marcos jurídicos de los países se puede volver un tema estratégico, ya que constituye la plataforma a partir de la cual se desarrollarán industrias y negocios, generando ventajas competitivas para la nación de que se trate, en comparación con las que puedan tener otros países, y esa vanguardia regulatoria puede ser la diferencia entre ser líder de determinado sector económico en una región o continente, o ser poco atractivo y casi invisible para el ingreso de capitales e inversiones extranjeras. De ahí la importancia económica de contar con un estado de derecho sólido, robusto, eficaz y eficiente, con reconocimiento internacional y en este caso además, actualizado y acorde con los nuevos modelos de negocio que requieren los exigentes mercados tecno-financieros o Fintech.

Como ya hemos comentado anteriormente, dentro de los aspectos vinculados a la industria Fintech uno de los nichos que más interés genera por lo novedoso, retador y en algunos casos atractivo por sus posibles ganancias, es el de la comercialización de cripto activos y especialmente, de criptomonedas. En México el marco jurídico aplicable presenta una ambivalencia importante ya que, por una parte, con la publicación de la Ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera (“Ley Fintech”) se da reconocimiento legal bajo ciertas condicionantes a estos bienes denominándolos Activos Virtuales, pero por la otra el Banco de México en ejercicio de sus facultades y competencia emitió la Circular 04/2019 que impone una serie de restricciones que materialmente deja fuera de la comercialización de estos bienes a las entidades financieras, no así a los demás jugadores no regulados que salvo por ciertas disposiciones en materia de lavado de dinero y su calificación como actividad vulnerable en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Recursos de Procedencia Ilícita (“Ley Antilavado” Art.17, F. XVI), pueden realizar tales actividades en forma libre.

Tal vez esa ambigüedad no sea casual y es que al haber sido México vanguardia desde marzo de 2018 en la legislación de este tipo de actividades, el Banco de México probablemente prefirió ganar tiempo en lo que la figura maduraba y, sobre todo, que hubiera más países con normatividad de nivel operativo que sirviera de referencia regulatoria antes de dar paso abierto a esa llamativa pero riesgosa actividad.

Por otra parte, como es innegable la tendencia global es el desarrollo de estos mercados en donde las autoridades financieras de los países, especialmente los bancos centrales, han tenido que tomar la decisión de prohibir, tolerar o regular esta modalidad de comercio, aunque ya en estos momentos, los esquemas de aceptación pueden considerarse mayoritarios. Ante la coyuntura, se avizoran oportunidades y es cuando el tema se vuelve estratégico. Quien regule primero gana jugosas inversiones, pagos de impuestos, mayores herramientas estructurales para el combate a las operaciones con recursos de procedencia ilícita y en general, más seguridad para sus usuarios.

Así las cosas, después de la incertidumbre e incluso reticencia, los gobiernos al ver los grandes volúmenes de recursos que dicho mercado implica, están inclinándose por aceptar, regular y supervisar este comercio. Aquí es donde inicia la carrera.

El año pasado (9 de marzo de 2022) el presidente Joe Biden requirió mediante orden ejecutiva que se realizaran diversos estudios y análisis que sirvieran para entender bien dicho mercado, sus fortalezas y debilidades, ventajas y desventajas, así como los riesgos y oportunidades que ello conllevaría. La instrucción fue para las Agencias Federales Securities and Exchange Comission (SEC) y Commodity Futures Trading Commission (CFTC) (aunado a otros análisis preparados por el Departamento del Tesoro) de realizar los análisis correspondientes en aras de implementar los marcos regulatorios respectivos. Actualmente, hay por lo menos un par de iniciativas en el proceso legislativo de aquel país.

De la misma forma en la Unión Europea, el parlamento europeo después de revisar estudios similares procedió a esbozar lo que sería conocido como Ley MiCA (Markets in Crypto Assets). Originalmente consensuada en el Consejo Europeo el 5 de octubre de 2022, y votada favorablemente en el Comité de Asuntos Económicos y Monetarios del Parlamento Europeo el 10 de octubre del mismo año, se esperaba fuera sometida al pleno del Parlamento Europeo a más tardar en diciembre; sin embargo, fue hasta el pasado 20 de abril que, con 517 votos a favor, 38 en contra y18 abstenciones fue aprobada, al igual que la legislación correspondiente a la trazabilidad y rastro de las transacciones con criptoactivos con enfoque “PLD”.

Baste decir que al mismo tiempo en el Reino Unido una de las primeras acciones realizadas por el actual primer ministro Rishi Sunak, fue la de presentar una iniciativa de enmienda a la Ley de Servicios y Mercados Financieros (en complemento a una previa que ya estaba en revisión pero que solamente consideraba stablecoins) para la comercialización y regulación de criptomonedas.

Quiero llamar la atención en un par de expresiones detrás de estas creaciones legislativas:

En los Estados Unidos el presidente Biden en la referida orden ejecutiva del 9 de marzo de 2022, además de mencionar dentro de los objetivos estratégicos los temas de inclusión, estabilidad financiera, seguridad para los usuarios, PLD y conciencia ambiental, precisa:

“Secc. 2.

… (d) Debemos reforzar el liderazgo de Estados Unidos en el sistema financiero mundial y en la competitividad tecnológica y económica, incluso mediante el desarrollo responsable de innovaciones en materia de pagos y activos digitales. Estados Unidos tiene interés en garantizar que se mantiene a la vanguardia del desarrollo y el diseño responsables de los activos digitales y la tecnología que sustenta las nuevas formas de pago y los flujos de capital en el sistema financiero internacional, en particular en el establecimiento de normas que promuevan: los valores democráticos; el Estado de Derecho; la privacidad; la protección de los consumidores, los inversores y las empresas; y la interoperabilidad con las plataformas digitales, el legado de arquitectura tradicional y los sistemas de pago internacionales. Estados Unidos obtiene importantes beneficios económicos y de seguridad nacional del rol central que el dólar estadounidense y las instituciones y mercados financieros de Estados Unidos desempeñan en el sistema financiero mundial. El liderazgo continuado de Estados Unidos en el sistema financiero mundial mantendrá el poder financiero de Estados Unidos y promoverá sus intereses económicos.”

Por su parte, después de la aprobación de las referidas normatividades comunitarias, el Euro Diputado Alemán Stefan Berger subrayó:

“Colocamos a la UE a la vanguardia de la economía de tokens, con 10,000 criptoactivos diferentes. Los consumidores estarán protegidos frente a engaños y fraudes, y el sector, muy dañado por el colapso de FTX, podrá recuperar la confianza. Los consumidores tendrán toda la información que necesitan y todos los riesgos subyacentes en torno a los criptoactivos serán monitoreados. Nos aseguraremos de que los inversores conozcan el impacto medioambiental de los criptoactivos. Esta normativa aporta una ventaja competitiva para la UE: el sector europeo de los criptoactivos cuenta ahora con una claridad legislativa que no existe en países como EEUU”.

Más evidente la importancia de ganar esta carrera, no se puede.

A veces se soslayan este tipo de cambios, pero sin lugar a duda conllevan una serie de efectos que pueden potenciar una economía. Es de esperarse que, en un tiempo relativamente corto, el Congreso de Estados Unidos así como el parlamento de Reino Unido, hagan lo propio, y entonces sería probable que en cascada vengan una serie de cambios normativos en diferentes economías relevantes. Obvio que la pregunta será y en México, ¿qué va a pasar? El silbatazo de salida ya se dio, y la Unión Europea ganó la salida y va puntera sin lugar a dudas. La respuesta les compete a las autoridades financieras en lo general, pero al Banco de México en lo particular, ¿quién llegará primero con esa estafeta en Latinoamérica.

Fuente El Economista