A partir del 2021, las plataformas reguladas han enviado información que podría ser indicio de blanqueo de capitales.
Conforme avanza el proceso regulatorio de la ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, también conocida como Ley Fintech, comienza a surgir información respecto a las alertas que han detectado las plataformas apegadas a esta normativa y que pudieran ser indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
De acuerdo con la información de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, derivadas de las disposiciones de carácter general de la Ley Fintech, publicadas en septiembre del 2018, las plataformas reguladas bajo esta normativa comenzaron a reportar a esta instancia información que pudiera significar indicios de lavado, tal y como lo hace el resto de las entidades del sistema financiero.
Según los datos presentados por la UIF, entre el 2021 y mayo pasado, las plataformas reguladas bajo la Ley Fintech presentaron a esta unidad 308 reportes de operaciones inusuales, que son aquellas que comprenden actividades, conductas o comportamientos que no concuerdan con los antecedentes o actividades conocidas o declaradas por los respectivos clientes.
“Las fintech autorizadas al operar formalmente en el sistema financiero, están obligadas a dar cumplimiento a diversas obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Ello debido a que pueden fungir como vehículos para lavar dinero inclusive sin que ellas lo sepan”, explicó Genaro Díaz Sandoval, asociado del despacho InStrag, Public Affairs & Law.
Hasta el momento, existen 34 plataformas autorizadas bajo la Ley Fintech, 20 son instituciones de fondos de pago electrónico y 14 de fondeo colectivo, que son las dos figuras principales que regula dicha normativa.
“Las fintech son entidades financieras que reciben y administran dinero del público en general, por consecuencia pueden ser objeto para el lavado de dinero… Es vital que conozcan a detalle el perfil transaccional de sus clientes, con el fin de identificar cambios transaccionales, irregularidades y la aplicación de posibles tipologías dentro de su entidad”, destacó Yoliztli Gutiérrez, socia fundadora del despacho YG Consultores.
Adicional a los reportes de operaciones inusuales, la UIF recibió en dicho periodo tres reportes de operaciones relevantes de parte de este sector, es decir, aquellas que presentan un monto igual o superior al equivalente en moneda nacional a 7,500 dólares estadounidenses, es decir, los 156,430 pesos, y por ende tienen que ser reportadas.
Una vez que la UIF recibe la información, dicha instancia lleva a cabo un proceso de diseminación de la misma y posteriormente recolecta más datos, con el fin de elaborar y presentar reportes sobre los hallazgos y, en caso de considerarlo pertinente, presenta las denuncias ante las autoridades competentes, incorpora sujetos a la Lista de Personas Bloqueadas y también puede presentar visitas.
Los retos
Para los abogados especialistas en tecnología financiera, el reto de las fintech autorizadas para dar cumplimiento a sus obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo radica en poder implementar sus procesos al respecto, pero en operaciones no presenciales, lo que las diferencia del resto de las entidades del sistema financiero.
“El reto en prevención de lavado de dinero, al ser plataformas digitales, es grande desde hacer el proceso de onboarding y validación de documentación de sus clientes… El hecho de que las fintech reciban dinero del público en general abre la puerta que puedan ser potenciales objetos para la introducción de dinero ilícito”, destacó comentó la socia de la firma YG Consultores.
Por su parte, el socio del despacho InStrag, Public Affairs & Law destacó que el tener operaciones remotas, representa para las fintech un nuevo grado de riesgo para hacer la validación de identidad de sus clientes.
“La operación de las fintech se lleva a cabo de manera remota, ello conlleva un nuevo grado de riesgo al realizar la validación de la identidad de los clientes, el prevenir la suplantación de identidad y, por ende, el fraude“, apuntó Díaz Sandoval.
De acuerdo con ambos especialistas, los principales cumplimientos que las fintech deben de tener en materia de prevención de lavado de dinero son:
- Políticas de identificación del cliente.
- Reportar información de operaciones a la autoridad correspondiente.
- Implementación de un manual de cumplimiento antilavado.
- Inclusión de las listas de personas bloqueadas a sus procesos.
- Contar con un oficial de cumplimiento certificado.
- Implementación y funcionamiento de sistemas automatizados.
Pendiente de la autoridad
Al realizar un sondeo entre distintos actores de la industria, muchos participantes denunciaron que hasta la fecha la UIF no les ha proporcionado las listas negras internacionales, con el fin de detectar alguna operación relacionada con algún sujeto señalado por una autoridad como proclive al lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Para el ecosistema, este es un pendiente importante pues la autoridad debe de proporcionar dicho listado con el fin de identificar y reportar alguna operación que pudiera tener relación con los sujetos que aparecen en dichos registros, principalmente de las autoridades de Estados Unidos.
Fuente: El Economista